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La reciente Casación N° 19186-2024 Callao marca un punto de inflexión en la forma en que deben entenderse los riesgos legales al interior de las organizaciones.

La Corte Suprema ha dejado atrás un criterio restrictivo que, hasta hace poco, condicionaba la responsabilidad del trabajador a supuestos excepcionales y ha optado por un enfoque más amplio: el de la responsabilidad civil plena por incumplimiento de obligaciones laborales.

Este cambio no es menor, dado que supone que los errores en la ejecución de funciones pueden dar lugar a acciones indemnizatorias directas contra trabajadores, siempre que se acrediten los elementos clásicos de la responsabilidad civil: conducta antijurídica, daño, nexo causal y factor de atribución.

Del régimen laboral al estándar civil

Tradicionalmente, el derecho laboral peruano había establecido una barrera clara para que un empleador pudiera reclamar daños, debía primero sancionar disciplinariamente al trabajador y, en muchos casos, extinguir el vínculo laboral. Este enfoque, consolidado en la Casación N° 3226-2019 Tacna, limitaba significativamente la posibilidad de trasladar riesgos económicos a quienes, en los hechos, los generaban.

Sin embargo, la Corte Suprema ha decidido apartarse expresamente de dicho precedente. El nuevo criterio reconoce que la responsabilidad del trabajador no puede quedar supeditada a formalidades como el despido, sino que debe evaluarse en función de la realidad del daño causado y del incumplimiento de sus obligaciones.

En la práctica, esto significaría que la relación laboral ya no actúa como un escudo frente a errores técnicos, decisiones negligentes o incumplimientos que generen perjuicios económicos.

Implicancias para las empresas

 Desde una perspectiva empresarial, este pronunciamiento abre oportunidades, pero también exige mayor disciplina interna:

  1. Gestión del riesgo operativo: las empresas cuentan ahora con una herramienta adicional para recuperar pérdidas derivadas de actuaciones negligentes de su personal.
  1. Reforzamiento de controles internos: el caso analizado (cálculo incorrecto de beneficios sociales) evidencia que errores técnicos pueden generar contingencias relevantes si no existen mecanismos de supervisión adecuados.
  2. Revisión de contratos y manuales: será clave precisar funciones, niveles de responsabilidad y estándares de diligencia exigibles a cada posición.

No obstante, también debe advertirse un riesgo: una aplicación indiscriminada de este criterio podría generar tensiones laborales o afectar el clima organizacional si se percibe como una “judicialización” de los errores.

Conclusión

Estamos ante un cambio relevante en la jurisprudencia peruana, dado que este pronunciamiento de la Corte Suprema supondría el tránsito desde un modelo laboral protector hacia uno que incorpora con mayor intensidad criterios de responsabilidad civil. Para las empresas, esto representa tanto una oportunidad de defensa patrimonial como una exigencia de mayor sofisticación en su gestión.

En este contexto, en Araya & Cía. Abogados contamos con un equipo especializado en derecho laboral que acompaña a las empresas en la identificación, prevención y gestión de riesgos derivados de sus relaciones laborales. Nuestro enfoque combina conocimiento técnico y visión estratégica para diseñar soluciones que protejan el negocio, fortalezcan los controles internos y permitan enfrentar con seguridad escenarios cada vez más exigentes desde el punto de vista legal.

Jazmín Ramos F.

ASOCIADA

Abogado de Araya & Cía.