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En el marco de la Ley Nº 29973 – Ley General de la Persona con Discapacidad, los empleadores del sector privado con más de 50 trabajadores están obligados a cumplir una cuota mínima de empleo destinada a promover la inclusión laboral de personas con discapacidad. Esta obligación es fiscalizada por la SUNAFIL y constituye una medida de acción positiva que contribuye al cierre de brechas laborales y al cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación.

1.Alcance de la obligación

La cuota de empleo para personas con discapacidad aplica a todos los empleadores del sector privado que cuenten con más de 50 trabajadores registrados en planilla electrónica. El porcentaje mínimo exigido es del 3 % del total de su personal. El cálculo se realiza sobre el número total de trabajadores registrados en el año anterior.

2.Procedimiento de cumplimiento 

A continuación, se detalla un check list práctico para el cumplimiento de la cuota de empleo:

  • Verificar si la empresa supera los 50 trabajadores en planilla.
  • Calcular el 3 % del total de trabajadores registrados el año anterior.
  • Publicar vacantes en el Centro de Empleo del MTPE o en la Bolsa de Trabajo de SUNAFIL.
  • Eliminar requisitos discriminatorios en las convocatorias laborales.
  • Contratar personas con discapacidad que cuenten con carné vigente de CONADIS.
  • Registrar correctamente al trabajador en la planilla electrónica y marcar la casilla correspondiente.
  • Implementar ajustes razonables en el entorno laboral, si fuera necesario.
  • Mantener evidencia de los esfuerzos de reclutamiento y cumplimiento de la cuota.
  • Designar un responsable interno de inclusión laboral dentro del área de Recursos Humanos.
  • Capacitar al personal en temas de diversidad e inclusión.

3.Fiscalización y sanciones

La SUNAFIL es la entidad encargada de verificar el cumplimiento de esta obligación. El incumplimiento puede acarrear sanciones económicas conforme al régimen de infracciones laborales. Asimismo, el incumplimiento reiterado puede afectar la imagen institucional.

4.Buenas prácticas empresariales

Más allá del cumplimiento formal, se recomienda fomentar una cultura organizacional inclusiva.

Algunas buenas prácticas son:

  • Establecer políticas internas de inclusión laboral.
  • Promover la accesibilidad física y tecnológica en los centros de trabajo.
  • Brindar capacitación a supervisores y personal sobre inclusión y derechos de las personas con discapacidad.
  • Coordinar con el CONADIS o el MTPE para identificar candidatos calificados.

Conclusión

Cumplir con la cuota de empleo para personas con discapacidad no solo es una obligación legal, sino una oportunidad para fortalecer la responsabilidad social empresarial, mejorar el clima laboral y contribuir a una sociedad más justa e inclusiva.

En Araya & Cía. Abogados asesoramos a empresas en el cumplimiento de sus obligaciones laborales, incluyendo la implementación de políticas de inclusión y el adecuado cumplimiento de la cuota de empleo para personas con discapacidad, reduciendo riesgos sancionadores y fortaleciendo su compromiso con la responsabilidad social.

Hugo Ernesto Paz A.

ASOCIADO

Abogado de Araya & Cía.