El 4 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 32431, que modifica el Decreto Legislativo 728 (régimen privado), el Decreto Legislativo 276 (régimen público) y la Ley 30057 (Servicio Civil), incorporando medidas de protección reforzada a las trabajadoras y trabajadores con diagnóstico de cáncer.
Puntos clave de la norma
1.- Nulidad del despido o cese
Se declara nulo el despido o término de la relación laboral motivado por el diagnóstico de cáncer, su tratamiento o los efectos derivados. Aplica incluso si el trabajador: labora menos de 4 horas diarias, se encuentra en período de prueba u ocupa un cargo de confianza.
2.- Adaptación obligatoria del puesto
Si el trabajador no puede continuar en su puesto original por limitaciones físicas o cognitivas, el empleador debe readaptar el puesto o asignar funciones acordes, sin reducción de remuneración.
3.- Adecuación normativa
El Poder Ejecutivo cuenta con 60 días hábiles para adecuar reglamentos y disposiciones relacionadas.
Implicancias prácticas
Para empleadores:
- Ajustar políticas de RR.HH. y procedimientos disciplinarios para evitar ceses nulos.
- Implementar protocolos de readaptación laboral con acompañamiento médico y legal.
- Documentar causas objetivas de cualquier medida laboral para prevenir contingencias.
Para trabajadores:
- Refuerzo de la estabilidad laboral frente a diagnósticos oncológicos.
- Derecho a la conservación de remuneración y a la adaptación del puesto.
Esta norma fortalece el marco de protección contra el despido discriminatorio en el Perú y obliga a las organizaciones a implementar políticas inclusivas de salud ocupacional y continuidad laboral.
En Araya & Cía. Abogados acompañamos a las empresas en la implementación de políticas laborales alineadas a la nueva normativa, asegurando el cumplimiento legal y la prevención de contingencias. Nuestro equipo brinda asesoría en la adaptación de puestos, actualización de reglamentos internos y gestión de relaciones laborales bajo un enfoque inclusivo y de protección reforzada.

Hugo Ernesto Paz A.
Abogado de Araya & Cía.