Por Jazmin Ramos, abogada de Araya & Cía.
Cada vez más empresas peruanas incorporan talento extranjero por su especialización y valor agregado. No obstante, este proceso va mucho más allá de la firma de un contrato: exige cumplir con requisitos laborales y migratorios específicos, cuya omisión puede derivar en multas y sanciones tanto para la empresa como para el trabajador.
El marco legal está conformado principalmente por el Decreto Legislativo N.º 689 (Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros), su Reglamento aprobado por D.S. N.º 014-92-TR y modificatorias, así como las disposiciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).
1.- ¿Qué se necesita para contratar a un extranjero?
Para que un extranjero trabaje legalmente en el Perú, se deben cumplir dos pasos principales:
- Aprobación del contrato de trabajo ante el Ministerio de Trabajo (a través del sistema virtual SIVICE).
- Obtención de una calidad migratoria habilitante otorgada por Migraciones (por ejemplo, la calidad de “trabajador residente”).
Ambos trámites deben estar listos antes de que la persona empiece a trabajar. Si el extranjero inicia labores solo con visa de turista o sin la aprobación del contrato, la relación se considera irregular.
2.- ¿En qué errores se suelen incurrir al momento de la contratación?
El error más frecuente es permitir que el extranjero trabaje mientras regulariza su situación migratoria en el país; es decir, mientras tramita su Calidad Migratoria ante la Superintendencia Nacional de Migraciones.
También se comete el error de superar los límites legales debidamente establecido en la normativa laboral peruana. En efecto, los trabajadores extranjeros no deben representar más del veinte por ciento (20%) del total del personal de una empresa, ni recibir más del treinta por ciento (30%) del total de la planilla en sueldos, salvo excepciones como personal altamente calificado o directivos.
Por último, algunos empleadores ofrecen condiciones laborales distintas a las de los trabajadores peruanos, creyendo que pueden pactar beneficios menores. Eso no está permitido: la normativa laboral exige igualdad de trato y derechos, a través de sus principios rectores.
3.- Ante una situación de incumplimiento, ¿Cuáles son las consecuencias legales?
Las consecuencias pueden ser severas y puede ser sancionada desde diversas aristas, tal como la migratoria y la laboral. Por un lado, SUNAFIL puede imponer multas, dependiendo del número de trabajadores afectados, todo ello en base a su escala de valorización de multas aprobado y vigente. Por otro lado, la Superintendencia Nacional de Migraciones, puede multar al extranjero y ordenar su salida del país si detecta que trabaja sin la calidad migratoria que le corresponda.
Cabe resaltar que ambas autoridades administrativas comparten información. Es decir, si SUNAFIL detecta a un extranjero trabajando de forma irregular, informará inmediatamente a Migraciones.
4.- En mi calidad de empleador, ¿Cómo puedo evitar contingencias?
– Verificar la calidad migratoria del trabajador antes de la contratación.
– Registrar y aprobar el contrato en SIVICE.
– Controlar los porcentajes de personal y remuneraciones extranjeras dentro de los límites legales.
– Conservar toda la documentación laboral y migratoria por al menos cinco años.
– Implementar un protocolo interno de cumplimiento en el área de Recursos Humanos.
5.- Conclusiones
Contratar a un extranjero en el Perú es perfectamente legal y beneficioso si se es consciente de las normativas laborales y migratorias aplicables. El éxito se encuentra en verificar el cumplimiento de estas disposiciones, por lo que las empresas que lo hacen correctamente proyectan confianza, evitan sanciones y aseguran la permanencia del talento que necesitan.
En Araya & Cía. Abogados contamos con un equipo especializado en derecho laboral y migratorio que asesora a empresas en la contratación de personal extranjero, asegurando el cumplimiento de las obligaciones legales y la prevención de contingencias ante SUNAFIL y Migraciones.
 
					



