El Congreso de la República aprobó en agosto de 2025, en segunda votación, la denominada “Ley Agraria” o “Ley Chlimper 2.0”, que plantea un régimen especial de tributación para el sector agroexportador. Aunque la norma aún no ha sido promulgada por el Poder Ejecutivo ni publicada en el diario oficial El Peruano, su contenido ha generado un intenso debate en el ámbito económico, político y tributario.
El proyecto aprobado establece lo siguiente:
- La Reducción del Impuesto a la Renta (IR):
Las grandes agroexportadoras con ingresos superiores a 1,700 UIT (S/ 8.4 millones) tributarían con una tasa del 15% entre los ejercicios 2026 y 2035, en lugar de la tasa vigente de 29.5% aplicable al Régimen General y al Régimen Agrario actual (Ley 31110). A partir de 2036 volvería a aplicarse el Régimen General.
- Establece un régimen diferenciado para pequeños productores:
- Hasta 30 UIT: exonerados del IR.
- Entre 30 y 150 UIT: pago del 1.5% solo sobre el exceso.
- Más de 150 UIT: sujetos al régimen agrario especial.
- Otros beneficios asociados al régimen agrario:
- Depreciación acelerada de inversiones.
- Créditos tributarios por reinversión.
- Recuperación anticipada del IGV en proyectos.
- Pagos a cuenta reducidos del IR.
De promulgarse esta nueva ley, el costo fiscal estimado asciende a S/ 1,880 millones anuales, equivalente al presupuesto conjunto de los ministerios de Cultura y Relaciones Exteriores en 2025, acumulando más de S/ 20,000 millones en la próxima década.
El sector agroexportador es uno de los motores de la economía nacional: en 2024 alcanzó exportaciones aproximadamente por US$ 12,800 millones, con productos estrella como uvas, arándanos, paltas y mangos. La meta oficial es superar los US$ 15,000 millones en 2025 y duplicar la cifra hacia 2040.
Cabe resaltar que este proyecto de Ley ha suscitado muchas posiciones encontradas principalmente por lo siguiente:
Argumentos a favor:
- Asegura la competitividad internacional frente a países como Chile, Colombia y México.
- Incentiva la inversión privada en nuevos proyectos de irrigación y mercados emergentes.
- Formaliza a pequeños productores al establecer tramos diferenciados de tributación.
Argumentos en contra:
- Genera una pérdida significativa de recaudación en un contexto de limitaciones fiscales.
- Refuerza la asimetría tributaria, beneficiando principalmente a grandes conglomerados ya consolidados.
- Incluye disposiciones cuestionadas en materia de gestión del agua, al permitir que asociaciones transfieran excedentes a terceros sin supervisión plena de la ANA.
En conclusión, la eventual promulgación de la nueva Ley Agraria marcaría un precedente en la política tributaria peruana, al poner en tensión la competitividad del sector agroexportador frente a la sostenibilidad fiscal del país. En este contexto, resulta indispensable que las empresas del sector se adelanten a distintos escenarios normativos, a fin de proteger sus operaciones y estar preparadas para aprovechar los beneficios o mitigar los riesgos que la norma pueda generar.
Por el momento, la decisión recae en el Poder Ejecutivo, siendo determinante la postura que adopte el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la manera en que esta medida se integre en la estrategia tributaria nacional.
En ARAYA & CÍA. ABOGADOS, comprendemos la relevancia de anticiparse a los cambios normativos y fiscales que inciden directamente en la sostenibilidad y el crecimiento de tu empresa. Nuestro equipo está preparado para brindarte una asesoría especializada que te permita tomar decisiones informadas y estratégicas en un entorno de constante transformación.

Olga Sánchez C.
Gerente General Araya & Cía.